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Se reanuda la actividad económica tras la finalización del permiso retribuido establecido en el Real Decreto Ley 10/2020

14/4/2020 En: Fiscal

El pasado viernes 10 de abril finalizó el permiso retribuido recuperable que el Gobierno de España estableció mediante el Real Decreto-Ley 10/2020 con el objetivo de paralizar la actividad económica no esencial y contener la expansión del COVID-19.

En consecuencia, se ha reanudado la actividad económica de todos aquellos trabajadores por cuenta ajena que se encontraban en situación de permiso retribuido.

Este levantamiento solo afecta a las actividades no esenciales que quedaron afectadas por el permiso retribuido recuperable. Todas aquellas actividades que fueron suspendidas por la declaración del estado de alarma del 14 de marzo continúan suspendidas y no pueden reiniciarse. (Aquí puedes consultar el listado completo de actividades suspendidas)

Ante esta situación, es importante recordar que la recomendación establecida en la declaración del Estado de Alarma, en relación con establecer el teletrabajo como medida de flexibilidad cuando la situación lo permita, sigue vigente. Asimismo, sigue siendo necesaria la presentación de un certificado acreditativo de movilidad (Real Decreto 463/2020) para acudir al puesto de trabajo en el caso de que se necesite hacerlo.

El Ministerio de Sanidad ha publicado una Guía de Buenas Prácticas y Protocolo de Seguridad a seguir en los centros de trabajo que deben iniciar la puesta en marcha de actividades.

Además, el Gobierno de Navarra ha solicitado al Servicio de Salud Laboral del Instituto de Salud Pública y Laboral el asesoramiento para garantizar una vuelta segura al trabajo y ha publicado una serie de recomendaciones preventivas específicas para el sector de la construcción y el sector industrial.

Desde Salud Laboral, se ve necesario:

-Que los servicios de prevención de las empresas concreten las medidas necesarias.

-Que los trabajadores y trabajadoras autónomos conozcan y cumplan las medidas básicas de prevención.

Para ello, se recomienda consultar:

–Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al COVID-19 elaborado por el Ministerio de Sanidad.

-Guías y Protocolos elaborados para cada sector: comercios, transporte y logística, comercio a distancia y sector turístico.

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