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Publicada la Orden SND/307/2020, que establece los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-Ley 10/2020

31/3/2020 En: Fiscal

Después de la publicación, en el BOE del pasado 29 de marzo de 2020, del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, se ha publicado esta nueva Orden SND/307/2020 de 30 de marzo, cuyos puntos más destacables son:

  1. El permiso retribuido recuperable previsto en el Real Decreto-ley 10/2020, únicamente resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta ajena. Se entiende pues, que las personas trabajadoras por cuenta propia quedan fuera de su ámbito de aplicación y que, en consecuencia, no les resulta de aplicación a los autónomos que desarrollan actividades que no se hayan visto suspendidas por las medidas de contención previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el resto de normas que lo desarrollan. En definitiva, dentro de este ámbito de actividad, los autónomos pueden continuar prestando sus servicios normalmente.
  2. Se reconoce que las actividades de representación sindical y patronal no están afectadas por las restricciones de movilidad contenidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, con el fin garantizar la asistencia y asesoramiento a personas trabajadoras y empleadores.

Modelo de Declaración Responsable

La empresa o entidad empleadora debe expedir un Modelo de Declaración Responsable en favor de los trabajadores por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable establecido en el Real Decreto-ley 10/2020 por desempeñar su labor en actividades esenciales, así como en favor de aquellas personas que ejerzan la actividad de representación sindical o empresarial. El objetivo de la citada declaración es que la persona trabajadora portadora del mismo pueda continuar realizando desplazamientos a su lugar de trabajo o de desarrollo de su actividad de representación sindical o empresarial.

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